Existen muchos entornos en los que las videoconferencias se han asentado como elemento vertebrador de la comunicación corporativa. También existe una amplia variedad de opciones para elegir la aplicación que permite llevarlas a cabo; ¿cómo se puede saber si la que estamos utilizando ofrece suficientes garantías de seguridad?
Cuando se habla de videoconferencias, el primer aspecto de ciberseguridad que suele venir a la mente es la confidencialidad: no se admitiría un servicio que no garantizase que la información tratada está protegida frente a divulgaciones no deseadas. Pero la ciberseguridad contempla otras ‘dimensiones’ (integridad, disponibilidad, autenticidad…) que pueden tener tanta o más importancia para garantizar el buen uso de cualquier servicio. Todos estos aspectos deben ser rigurosamente analizados y protegidos sin dejar flancos vulnerables.
Existen varios sistemas que permiten valorar la correcta aplicación de las medidas de seguridad necesarias para proteger los servicios informáticos. En la Administración Española es de obligado cumplimiento el Esquema Nacional de Seguridad: todas las administraciones públicas y todas las compañías que les presten servicios que se relacionen con las Tecnologías de la Información deben cumplir con el ENS.
En consecuencia, cuando se quiere mantener una videoconferencia en el marco de la Administración es necesario hacerlo a través de un servicio que pueda demostrar que cumple con estas exigencias.
Con la reciente incorporación de Zoom, las aplicaciones más populares para videoconferencia (Microsoft Teams, Google Meet y Cisco Webex) están certificadas según el nivel Alto del Esquema Nacional de Seguridad, y ofrecen todas las garantías exigibles para ser utilizadas en la administración pública. Por supuesto, también por parte de empresas y particulares que valoren la seguridad de sus comunicaciones.